El derecho a la exportación está vigente desde septiembre de 2018. Sin embargo solo se había reglamentado su aplicación para la exportación de bienes.

Este miércoles fueron reglamentadas las retenciones que se le comenzarán a cobrar a las exportaciones de servicios. Estas serán del 12% y no podrán sobrepasar los ARS 4 por cada 1 USD. El decreto de ejecución había sido emitido el 28 de Diciembre y será válido desde el primero de Enero de 2019 hasta el 31 de Diciembre de 2020.

Uno de los sectores que ha manifestado su preocupación al respecto ha sido el de los servicios tecnológicos. Dado que en Argentina muchas empresa han crecido en los últimos años basadas en los negocios que realizaban con clientes del exterior. Entre las empresas afectadas habría más de 10 mil vinculadas a la exportación de software.

Cabe mencionar que la reglamentación prevé ciertas excepciones y tratos diferenciales. Por ejemplo, las empresas más pequeñas solo comenzarán a pagar el derecho a la exportación luego de superar los USD 600 mil durante un año. Las normas de aplicación quedaron a cargo del ministerio de producción y trabajo.

Las empresas exportadoras de servicios vinculados al software y el conocimiento son actualmente la tercera industria en términos de exportaciones. En 2017 se contabilizó un total de ingresos de USD 5.900 millones.

El actual sistema de retenciones para bienes y servicios comenzó a aplicarse en septiembre de 2018. Primero se reglamentó en relación a la exportación de bienes, ahora parece haberle llegado el turno a los servicios. El gobierno ha justificado la medida puramente desde un punto de vista coyuntural y sobre las necesidades de las finanzas públicas. Esto podría indicar que las retenciones son temporales. Sin embargo, como suele ocurrir, muchos impuestos momentáneos terminan siendo un elemento permanente de la economía.